Nómina de árbitros - Centro de Análisis y Resolución de Conflictos PUCP

Nómina de árbitros

Nuestro Centro pone a disposición de los usuarios del servicio de arbitraje sus nóminas de árbitros cuyos profesionales cumplen con los requisitos establecidos en el Artículo 1° Anexo Nómina de Árbitros- Reglamento de Arbitraje PUCP 2017.

De acuerdo a nuestro Reglamento las partes se encuentran en libertad de designar árbitros que no se encuentren necesariamente en las mencionadas nóminas de árbitros, con excepción del Presidente del Tribunal Arbitral, que debe ser elegido obligatoriamente de cualquiera de las nóminas que se presentan a continuación:

Nómina de árbitros:

Nomina de Árbitros extranjeros

Nomina de Árbitros nacionales

Nóminas por especialidad:

NÓMINA DE ÁRBITROS PARA ARBITRAJES COMERCIAL – NACIONAL

NÓMINA DE ÁRBITROS PARA ARBITRAJES DERIVADOS DE CONTRATOS BAJO LEY 30225 (DECRETO LEG. 1341)

NÓMINA DE ÁRBITROS PARA ARBITRAJES DERIVADOS DE CONTRATOS BAJO EL DECRETO LEG. 1444 (ÁRBITROS PUCP – RNA OSCE)

INCORPORACIÓN A LA NÓMINA DE ÁRBITROS

Se informa que las nóminas de árbitros caducan de forma automática el 31 de diciembre de cada año, a excepción de la Nómina de Árbitros Internacional, de conformidad con el artículo 4 del Anexo «Nómina de Árbitros» del Reglamento de Arbitraje PUCP 2017.

La Corte de Arbitraje evalúa la incorporación de nuevos profesionales a la nómina el último bimestre de cada año y anuncia los resultados en el mes de enero del siguiente año.

Asimismo, dicho órgano reitera su firme compromiso de promover la incorporación de mujeres a las nóminas de árbitros a fin de progresivamente alcanzar la paridad dentro de éstas.

requisitos para incorporar A un profesional a la nomina de árbitros

En el Anexo Nómina de Árbitros Artículo 6°- Reglamento de Arbitraje PUCP 2017 se establecen los siguientes requisitos:

  • Antigüedad en el ejercicio profesional, teniendo un mínimo de cinco años de haberse titulado en su respectiva profesión.
  • La experiencia como docente  universitario, teniendo como mínimo dos semestres académicos de dictado en los últimos 5 años.
  • El desempeño previo como árbitro, no debiendo tener recusaciones fundadas en los últimos 5 años.
  • Su capacidad para contribuir  a la gestión de arbitrajes en forma eficiente, ética y transparente, no debiendo haber sido sancionado por la Corte de Arbitraje por contravención al Código de Ética, ni por el Consejo de Ética para el Arbitraje en Contrataciones con el Estado.

Serán requisitos deseables para incorporarse a la Nómina lo siguiente:

  • Alta capacidad de liderazgo, proactividad y habilidades personales.
  • Grados académicos obtenidos a nivel de Maestría y Doctorado y alto desempeño en la trayectoria académica.

Adicionalmente, para incorporarse a la nómina de árbitros en Contratación Pública deberá contar con:

  • Experiencia y conocimiento en Contrataciones con el Estado, Arbitraje, Derecho Administrativo, y otros métodos alternativos de resolución de conflictos, conforme a la directiva OSCE para acreditar experiencia funcional y formación académica.

PROCESO PARA LA INCORPORACIÓN A LA NÓMINA DE ÁRBITROS

En aplicación de los artículos 2° y 3° del Anexo Nómina de Árbitros del Reglamento de Arbitraje PUCP 2017, la Corte de Arbitraje ha establecido el procedimiento para la incorporación de personas interesadas en formar parte de la nómina de árbitros PUCP:

  1. Este procedimiento se aplica a aquellos profesionales que no han formado parte de la Nómina de Árbitros PUCP del año anterior.
  1. Las personas interesadas deben postular a través del envío de un mensaje al correo nomina-carc@pucp.edu.pe en el que habrán de adjuntar el formato denominado “Postulación a la nómina de árbitros PUCP” junto con la documentación que sustente la información respecto únicamente a las secciones “Formación académica”, “Especialización acreditada según la Ley de Contrataciones del Estado” e “Instituciones arbitrales a las que pertenece”. Es responsabilidad exclusiva del o la postulante que la información esté completa; en caso contrario, no serán admitidos a evaluación. El o la postulante debe tener presente que el Centro no solicitará subsanación alguna por envíos que no cumplan con lo indicado en este procedimiento.
  1. Los y las postulantes remitirán el formato denominado “Postulación a la nómina de árbitros PUCP” entre los meses de enero y julio de cada año, con el objeto de ser evaluados por la Corte en los meses de octubre y noviembre del mismo año. Si el envío del formato se produce entre agosto y diciembre, la postulación se considerará efectuada para el año siguiente.
  1. En el transcurso del mes de diciembre del año de presentación de la solicitud, el o la postulante recibirá una respuesta desde el correo nomina-carc@pucp.edu.pe sobre su incorporación o no incorporación. En este último caso, no se requerirá motivación alguna. Es responsabilidad del postulante la revisión de esta respuesta, la cual podría estar en la carpeta SPAM.

NOTA: Las Nóminas de Árbitros caducan de forma automática el 31 de diciembre de cada año, a excepción de la Nómina de Árbitros Extranjeros. En ese sentido, aquellas personas que ya forman parte de la nómina serán evaluadas por la Corte de Arbitraje sin necesidad de que deban presentar una nueva solicitud. Es responsabilidad de estas personas mantener su información actualizada a través del envío del formato respectivo al correo nomina-carc@pucp.edu.pe. El Centro se reserva el derecho de solicitar esta actualización periódicamente

Formato de Postulación