NOTA IMPORTANTE Durante el año 2025, el Centro está revisando sus Nóminas a fin de cumplir con la creación de una Nómina de Árbitros Especializada en Contrataciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 32069 y su Reglamento vigentes desde el 22 de abril de 2025. |
Nuestro Centro pone a disposición de los usuarios del servicio de arbitraje sus nóminas de árbitros cuyos profesionales cumplen con los requisitos establecidos en el Anexo 2 «Nómina de Árbitros» del Reglamento de Arbitraje PUCP 2024.
De acuerdo a nuestro Reglamento las partes se encuentran en libertad de designar árbitros que no se encuentren necesariamente en las mencionadas nóminas de árbitros, con excepción del Presidente del Tribunal Arbitral, que debe ser elegido obligatoriamente de cualquiera de las nóminas que se presentan a continuación:
Nomina de Árbitros extranjeros
NÓMINA DE ÁRBITROS PARA ARBITRAJES COMERCIAL
NÓMINA DE ÁRBITROS PARA ARBITRAJES DERIVADOS DE CONTRATOS BAJO LEY 30225 (DECRETO LEG. 1341)
Se informa que las nóminas de árbitros caducan de forma automática el 31 de diciembre de cada año, a excepción de la Nómina de Árbitros Internacional, de conformidad con el artículo 2 del Anexo 2 «Nómina de Árbitros» del Reglamento de Arbitraje PUCP 2024.
La Corte de Arbitraje evalúa la incorporación de nuevos profesionales a la nómina el último bimestre de cada año y anuncia los resultados en el mes de enero del siguiente año.
Asimismo, dicho órgano reitera su firme compromiso de promover la incorporación de mujeres a las nóminas de árbitros a fin de progresivamente alcanzar la paridad dentro de éstas.
En el Artículo 6° del Anexo 2 Nómina de Árbitros del Reglamento de Arbitraje PUCP 2024 se establecen los siguientes requisitos:
En aplicación de los artículos 3° y 4° del Anexo 2 Nómina de Árbitros del Reglamento de Arbitraje PUCP 2024, la Corte de Arbitraje ha establecido el procedimiento para la incorporación de personas interesadas en formar parte de la nómina de árbitros PUCP:
NOTA: Las Nóminas de Árbitros caducan de forma automática el 31 de diciembre de cada año, a excepción de la Nómina de Árbitros Extranjeros. En ese sentido, aquellas personas que ya forman parte de la nómina serán evaluadas por la Corte de Arbitraje sin necesidad de que deban presentar una nueva solicitud. Es responsabilidad de estas personas mantener su información actualizada a través del envío del formato respectivo al correo nomina-carc@pucp.edu.pe
El Centro se reserva el derecho de solicitar esta actualización periódicamente.