La integridad como condición indispensable en el Arbitraje - XVI Congreso Internacional de Arbitraje + Mediación y JRD PUCP

26/09/2022

Mesa I: La integridad como condición indispensable en el Arbitraje

La presente mesa inició con las palabras de bienvenida de la moderadora Irma Rivera, quien señaló que el arbitraje se basa en la confianza que depositan las partes en los árbitros y que la integridad permite que la confianza se sostenga para lograr el fin último, esto es, la resolución de conflictos; asimismo, resaltó que todos los actores del arbitraje deben velar porque la integridad se mantenga para preservar la confianza.

A continuación, el Dr. Alfredo Soria inició su ponencia señalando que debido a alta carga procesal de los jueces peruanos ordinarios, el arbitraje puede ser un mecanismo adecuado para dar solución al gran número de conflictos en los que exista libre disponibilidad para las partes. Por ello, afirmó que resulta necesario que el arbitraje observe el principio de disponibilidad para que más personas y empresas tengan confianza en este mecanismo alterno y lo tomen como opción para la resolución de sus conflictos. Al respecto, mencionó que la confianza es intangible, pues se construye a través del tiempo y mediante acciones positivas, por lo que es posible perderla rápidamente mediante acciones negativas.

En ese sentido, señaló que el comportamiento de los participantes debe ser íntegro, lo cual no se limita a la actitud de los árbitros, sino al resto de involucrados. Para finalizar, se remitió a una frase de Jackson Brown: “vive de tal manera que cuando alguien piense en justicia e integridad, piense en ti”.

Prosiguiendo con el programa, se dio paso al Dr. Alberto Arequipeño, quien desarrolló el concepto “integridad”, que, según él, debe entenderse como una práctica de consistencia y coherencia de los valores que nos representan como persona. “La ética es vivencial; no se enseña, sino que se practica en nuestro día a día”, señaló. Al respecto, apuntó que, como sociedad y Estado, tenemos un problema en la práctica de los valores y, en el caso del arbitraje, resulta importante crear una cultura a través de los valores, lo cual no se restringe a los árbitros, sino también a las partes, abogados, centros de arbitraje, testigos, etc. Entre los problemas en la práctica de valores, el Dr. se refirió a la tolerancia a los actos de corrupción, el relativismo ético, entre otros.

Finalmente, propuso una alternativa para lograr la integridad y el cumplimiento del resto de valores en el arbitraje, tomando como ejemplo a las medidas preventivas como el compliance o las denuncias anónimas. De esta forma, se logrará crear un sistema de información para otorgarle a las personas que incluyan un convenio arbitral en sus contratos y puedan ver a lo que se enfrentarán.

Luego, se dio pase a la Dra. Silva Rodríguez, quien inició su ponencia compartiendo data sobre las recusaciones en el CARC PUCP. Al respecto, se destacó que las recusaciones infundadas representan más del 60%, mientras que las recusaciones improcedentes representan el 5% y 11%, en el 2020 y 2021 respectivamente y las recusaciones que carecen de objeto representan el 9% y 8%, en el 2020 y 2021 respectivamente. Asimismo, las recusaciones no amparadas en total representan el 75% y 81%, en el 2020 y 2021 respectivamente.

La Dra. Rodríguez destacó que cuando el sector público es demandado, es mayor la cantidad de veces que recusa, por el contrario, en el sector privado, cuando es demandante recusa más veces, pese a ser el interesado en que el arbitraje avance. Asimismo, destacó que el 50% de veces el árbitro designado por la contraparte es recusado por desconfianza, que la recusación se interpone en mayor número cuando no se ha constituido o recién se ha constituido el Tribunal Arbitral y que los contratos que traen más recusaciones son los contratos de ejecución de obra más complicados, con mayor monto económico. Sumado a ello, se resaltó de la existencia de ‘recusaciones frívolas’ planteadas por errores de información, desconocimiento de la norma o por exigencia del RNA para controversias que derivan de casos que no aplica la Ley de Contrataciones del Estado.

Al respecto, la Dra. Silvia reflexionó en torno a que es importante apuntar a mejorar el sistema arbitral peruano y que el CARC está desincentivando de conductas dilatorias por el sistema de gestión integrado que tiene, la revisión, mapeo de riesgos, etc. comprometidos a sancionar ese tipo de conductas a través del código de ética.

Como última ponente de la mesa, la Dra. Ana Teresa Revilla comentó cómo la corrupción afectó al arbitraje y a los profesionales que estaban involucrados. Asimismo, señaló que la creación de instituciones arbitrales express están dañando la imagen del arbitraje. Por ejemplo, son inscritas en el registro del MINJUS, no tienen reglamentación, no tienen lineamientos que regulen su actividad, tarifarios, honorarios fijados con criterios objetivos, fijan horarios de atención cambiados permanentemente, lo que genera que los participantes no tengan previsiones.

Sin embargo, no hay seguimiento ni fiscalización de estas instituciones por parte del MINJUS. Sumado a ello, comentó que la Dirección de arbitraje del OSCE tiene la competencia para elaborar estudios sobre laudos, actas de conciliación, sentencias, entre otros, para ver cómo se están resolviendo las controversias de obras públicas, pero no hay actividad.