10/10/2017
Ante la publicación del D.S. N° 018-2017-TR (9/10/17) y conforme a lo dispuesto por el Reglamento de Arbitraje 2012 y el Reglamento de Arbitraje 2017, el día de hoy se considerará inhábil para el cómputo de plazos dispuestos en los arbitrajes. El vencimiento el día de hoy de cualquier plazo, se entenderá prorrogado para el día de mañana. Sin perjuicio de lo expuesto, la Mesa de Partes atenderá de 9 a.m. a 1 p.m. y de 2 p.m. a 6 p.m.
Las diligencias programadas para hoy se realizarán de manera normal, salvo disposición en contrario de los árbitros que conducen cada proceso.
Secretaría General de Arbitraje PUCP